A partir del 1 de julio ya no se podrá comercializar y usar productos de plásticos para empacar huevos, revolvedores plásticos desechables y platos plásticos desechables, así lo recordó la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco), la cual implementará la acciones fiscalizadoras en todo el país.
La primera sanción al agente económico, consistirá en una amonestación escrita con la que deberá realizar las adecuaciones necesarias, a fin de cumplir con lo establecido.
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De inclumplir con la Ley 187 del 2 diciembre de 2020 las multas oscilarán en entre B/ 250.00 y B/ 2,000.00 dependiendo del tamaño del comercio, que va desde negocios pequeños hasta grandes distribuidoras.
Las multas quedarán de la siguiente manera:
Hasta 3 trabajadores - multa de 250 balboas.
De 3 a 10 trabajadores - multa de 500 balboas.
Más de 10 trabajadores o cadenas - multa de 1,000 balboas.
Distribuidoras - multa de 2,000 balboas.
La mencionada Ley entró en vigencia el 1 de julio de 2021 con diferentes etapas de implementación, la primera con los hisopos para el oído, cobertores de plástico para ropa de lavandería, varillas plásticas para sostener globos, palillos plásticos para dientes, palillos cóctel de plástico, palillos plásticos para caramelos y anillos para latas.
A partir del 31 de diciembre de 2023, serán eliminados los carrizos de plástico.